miércoles, 7 de noviembre de 2012

ANTE DESCUENTOS POR NO VOTAR EN ELECCIONES DE ATD



Compañeros:

En octubre, Primaria procedió a efectuar los descuentos a aquellos maestros que no votaron en las elecciones de ATD, realizadas en noviembre del año pasado.

En primer lugar queremos aclarar que la ATD, ni la Mesa Permanente, tienen ninguna responsabilidad sobre dichos descuentos. Esa decisión la toma Hacienda a partir del listado de no votantes que le entregó la Corte Electoral.

Hubo varias irregularidades:

1)    El Consejo de Educación Inicial y Primaria, a través de las dependencias correspondientes ( en Montevideo y en algún otro departamento, según la información que nos ha llegado) envió a la Corte Electoral un padrón que incluía profesores especiales que no están habilitados a ser electores (sólo los profesores con título habilitante pueden ser electores y elegibles). Esto ocasionó que se les descuente a profesores que no debían haber sido incluidos en el padrón. Incluso se debe analizar la situación de los que tienen título habilitante (caso de profesores de Educación Física) ya que fueron incorporados como electores el 18/10/2011 por CODICEN y el padrón de habilitados se había cerrado al 23 de setiembre.
TODOS LOS COMPAÑEROS PROFESORES PUEDEN AMPARARSE EN EL REGLAMENTO PARA QUE NO SE EFECTIVICE EL DESCUENTO Y LES DEVUELVAN LO QUE YA LES DESCONTARON.
Elevar nota al Consejo, vía jerárquica, amparándose en el Reglamento de ATD,  en el ART. 39 en el cual se establece quiénes son electores. Enviar copia a Mesa Permanente de ATD para que las presentemos al Consejo, respaldando la solicitud.

Hasta el 18 de octubre 2011 regía este artículo, y de acuerdo a él, Primaria debía mandar los padrones el 23 de setiembre. La modificación introducida el 18 de octubre aún no estaba en vigencia:

Artículo 39.- De los electores y elegibles y duración de los mandatos

39.1.- De los electores: Podrán ser electores los maestros en ejercicio con título habilitante, efectivos e interinos con concurso y un mínimo de 1 (uno) año de  antigüedad y que no estén suspendidos.

2) Hay un grupo de maestros que están con reserva de cargo en Primaria y/o en pases en Comisión, por lo cual no se enteraron de la votación o incluso entendieron que no les correspondía votar. Al amparo del Art. 39: “ podrán ser electores los maestros en ejercicio”, y en el entendido de que no se encuentran en ejercicio como maestros y, por la tanto no debían haber sido incluidos en el padrón.

3) Hay un grupo grande de maestros que no votaron y no presentaron ante la Corte Electoral la justificación de no haber votado. Si bien desde Mesa Permanente difundimos a todos los correos que tenemos los plazos y causales para justificar (era hasta el 22 de enero), consideramos que desde el organismo, a través de las Inspecciones, se debería haber comunicado con mayor precisión las formas y plazos en que debían proceder los maestros que no habían votado con causa justificada.
RECOMENDAMOS a este grupo de maestros elevar al Consejo, vía jerárquica, la solicitud de que no se les descuente, adjuntando comprobantes de la causa de no haber votado. Se debe tener presente que ya están vencidos los plazos, pero la Mesa Permanente entiende que vale la pena hacer un intento en forma colectiva. Enviar copia a Mesa Permanente de ATD para que las presentemos al Consejo, respaldando la solicitud.

Transcribimos las causas consideradas justificadas y adjuntamos el Reglamento completo de las sanciones por no votar,

ARTICULO 2º - Serán causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar siempre que se prueben en la forma y plazo que establecen los artículos 3º, 4º, 5º y 6º, las siguientes:
a) Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir ante la Comisión Receptora de Votos.
b) Encontrarse fuera del país el día de la elección.
c) Estar imposibilitado de concurrir ante la Comisión Receptora de Votos por otra causa de fuerza mayor. El Consejo aceptó incluir entre estas causales el estar participando en un campamento o salida didáctica por el día. En este caso se debía presentar a la Corte Electoral un justificativo extendido por la Inspección Departamental, dando cuenta de la actividad realizada ese día fuera del departamento.


Si bien estos descuentos nada tienen que ver con el funcionamiento y accionar de la ATD, como Mesa Permanente ofrecemos alternativas a las que daremos trámite, a fin de que los compañeros que por diversas causas están siendo afectados por la aplicación de los descuentos, puedan interponer la recusación del acto administrativo en cuestión.

La Mesa Permanente comunica que tal como está establecido en el Reglamento que regula su accionar, tiene como función asesorar al CEIP en aspectos de orden técnico-docente.
La Asamblea Técnico Docente de Educación Primaria representa a todos los docentes; los temas que asume y los que le son propuestos como objeto de análisis, para proponer, tener capacidad de iniciativa y/o asesoramiento, son inherentes al funcionamiento de todo el sistema. Por tanto, se entiende que desde todas las dependencias se debe viabilizar su funcionamiento, informando en tiempo y forma todas las instancias vinculadas con la ATD: ATD POR ESCUELA, ATD NACIONAL, ENCUENTROS DE DELEGADOS DEPARTAMENTALES, INTEGRACIÓN DE COMISIONES, INTEGRACIÓN DE MESA PERMANENTE, RECEPCIÓN DE ACTAS, INFORMACIÓN REFERIDA A ELECCIÓN DE DELEGADOS, etc.

Por Mesa Permanente


Raquel Bruschera              Teresita Rey             Jorge Bertolino

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