Compañeros:
En octubre, Primaria procedió a efectuar los
descuentos a aquellos maestros que no votaron en las elecciones de ATD,
realizadas en noviembre del año pasado.
En primer lugar queremos aclarar que
la ATD, ni la Mesa Permanente, tienen ninguna responsabilidad sobre dichos
descuentos. Esa decisión la toma Hacienda a partir del listado de no votantes
que le entregó la Corte Electoral.
Hubo varias irregularidades:
1)
El Consejo de Educación Inicial y Primaria, a través de
las dependencias correspondientes ( en Montevideo y en algún otro departamento,
según la información que nos ha llegado) envió a la Corte Electoral un padrón
que incluía profesores especiales que no están habilitados a ser electores
(sólo los profesores con título habilitante pueden ser electores y
elegibles). Esto ocasionó que se les descuente a profesores que no debían
haber sido incluidos en el padrón. Incluso se debe analizar la situación de
los que tienen título habilitante (caso de profesores de Educación Física) ya
que fueron incorporados como electores el 18/10/2011 por CODICEN y el padrón
de habilitados se había cerrado al 23 de setiembre.
TODOS
LOS COMPAÑEROS PROFESORES PUEDEN AMPARARSE EN EL REGLAMENTO PARA QUE NO SE
EFECTIVICE EL DESCUENTO Y LES DEVUELVAN LO QUE YA LES DESCONTARON.
Elevar
nota al Consejo, vía jerárquica, amparándose en el Reglamento de ATD, en el ART. 39 en el cual se establece quiénes
son electores. Enviar copia a Mesa Permanente de ATD para que las
presentemos al Consejo, respaldando la solicitud.
Hasta el 18 de octubre 2011 regía este
artículo, y de acuerdo a él, Primaria debía mandar los padrones el 23 de
setiembre. La modificación introducida el 18 de octubre aún no estaba en
vigencia:
Artículo 39.- De los electores y elegibles y duración de los mandatos
39.1.- De los electores:
Podrán ser electores los maestros en ejercicio con título habilitante,
efectivos e interinos con concurso y un mínimo de 1 (uno) año de antigüedad y que no estén suspendidos.
2) Hay un grupo de maestros que están
con reserva de cargo en Primaria y/o en pases en Comisión, por lo cual no se
enteraron de la votación o incluso entendieron que no les correspondía votar.
Al amparo del Art. 39: “ podrán ser electores los maestros en ejercicio”,
y en el entendido de que no se encuentran en ejercicio como maestros y, por la
tanto no debían haber sido incluidos en el padrón.
3) Hay un grupo grande de maestros
que no votaron y no presentaron ante la Corte Electoral la justificación de no
haber votado. Si bien desde Mesa Permanente difundimos a todos los correos que
tenemos los plazos y causales para justificar (era hasta el 22 de enero),
consideramos que desde el organismo, a través de las Inspecciones, se debería
haber comunicado con mayor precisión las formas y plazos en que debían proceder
los maestros que no habían votado con causa justificada.
RECOMENDAMOS a este grupo de
maestros elevar al Consejo, vía jerárquica, la solicitud de que no se les
descuente, adjuntando comprobantes de la causa de no haber votado. Se debe
tener presente que ya están vencidos los plazos, pero la Mesa Permanente
entiende que vale la pena hacer un intento en forma colectiva. Enviar copia a
Mesa Permanente de ATD para que las presentemos al Consejo, respaldando la
solicitud.
Transcribimos las causas consideradas
justificadas y adjuntamos el Reglamento completo de las sanciones por no votar,
ARTICULO 2º - Serán causas
fundadas para no cumplir con la obligación de votar siempre que se prueben
en la forma y plazo que establecen los artículos 3º, 4º, 5º y 6º, las
siguientes:
a) Padecer enfermedad, invalidez
o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir ante la
Comisión Receptora de Votos.
b) Encontrarse fuera del
país el día de la elección.
c) Estar imposibilitado de concurrir ante la Comisión Receptora de Votos
por otra causa de fuerza mayor. El Consejo aceptó
incluir entre estas causales el estar participando en un campamento o salida
didáctica por el día. En este caso se debía presentar a la Corte Electoral un
justificativo extendido por la Inspección Departamental, dando cuenta de la
actividad realizada ese día fuera del departamento.
Si bien estos
descuentos nada tienen que ver con el funcionamiento y accionar de la ATD, como
Mesa Permanente ofrecemos alternativas a las que daremos trámite, a fin de que
los compañeros que por diversas causas están siendo afectados por la aplicación
de los descuentos, puedan interponer la recusación del acto administrativo en
cuestión.
La Mesa
Permanente comunica que tal como está establecido en el Reglamento que regula
su accionar, tiene como función asesorar al CEIP en aspectos de orden
técnico-docente.
La Asamblea
Técnico Docente de Educación Primaria representa a todos los docentes; los
temas que asume y los que le son propuestos como objeto de análisis, para
proponer, tener capacidad de iniciativa y/o asesoramiento, son inherentes al
funcionamiento de todo el sistema. Por tanto, se entiende que desde todas las
dependencias se debe viabilizar su funcionamiento, informando en tiempo y forma
todas las instancias vinculadas con la ATD: ATD POR ESCUELA, ATD NACIONAL,
ENCUENTROS DE DELEGADOS DEPARTAMENTALES, INTEGRACIÓN DE COMISIONES, INTEGRACIÓN
DE MESA PERMANENTE, RECEPCIÓN DE ACTAS, INFORMACIÓN REFERIDA A ELECCIÓN DE
DELEGADOS, etc.
Por Mesa
Permanente
Raquel Bruschera Teresita
Rey Jorge Bertolino
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