MEMORANDO N° 157.13
DE: Mesa Permanente de A.T.D.
PARA: CEIP
ASUNTO: Art.71 en doble cargo o función.
FECHA: 26 de noviembre de 2013
La Mesa
Permanente de A.T.D. ante las diferentes interpretaciones que se están
realizando en las Inspecciones departamentales en lo referente al otorgamiento
del Art.71 a docentes en doble turno o en cumplimiento de una extensión del
cargo (ej. M. Comunitario), solicita se clarifique dicha situación.
El Estatuto del funcionario
docente dice: “Artículo 71. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos
anteriores, los Directores de establecimientos educacionales y demás oficinas
que atienden funciones de docencia indirecta podrán autorizar, por sí, a
cualquier docente de su dependencia a no concurrir a sus tareas hasta cinco
días en el año, en casos fortuitos o de fuerza mayor, debidamente justificados.
71.1.
Si el docente trabaja en
más de un subsistema podrá ejercer este derecho en cada uno de ellos. Cuando se
posean horas escalafonadas en más de un centro educativo perteneciente al mismo
subsistema, será responsabilidad del docente no excederse del límite otorgado.
71.2.
La Dirección del
establecimiento tendrá especialmente en cuenta la no alteración del normal
funcionamiento del centro a su cargo.
71.3.
Los funcionarios docentes
suplentes también gozarán del derecho establecido en este artículo bajo las
siguientes condiciones:
a) Que el funcionario
haya cumplido funciones en carácter de suplente por un
período igual o mayor a
treinta (30) días lectivos, en forma continua o
discontinua en el mismo
año lectivo y en el mismo centro educativo.
b) En tal caso, se podrá
otorgar un máximo de un (1) día de asueto cada
treinta días trabajados”.
La Mesa Permanente entiende
que cuando un maestro trabaja en dos cargos (o función) dentro del CEIP, tiene
derecho a usufructuar licencia por este Artículo en ambos, en forma
independiente (5 días para cada cargo), sin necesidad de que deba tomarse el
mismo día la licencia en ambos turnos.
Por Mesa Permanente de ATD
Raquel Bruschera
Gabriela Arbeleche Jorge Bertolino
No hay comentarios:
Publicar un comentario