Memorando ingresado ante las bases del concurso de maestros para educaciòn especial.
MEMORANDO N° 163.13
DE: Mesa Permanente de A.T.D.
PARA: Inspectora Nacional de Educación Especial
Maestra
Carmen Castellano
ASUNTO: Circ. Nº 125 – Bases de concurso para proveer
en efectividad cargos de maestros de Educación Especial.
FECHA: 4 de diciembre de 2013
La
Mesa Permanente de ATD, habiendo participado en la Comisión que trabajó en
Inspección Técnica elaborando las Bases del concurso para proveer en
efectividad cargos de Maestros de Educación Especial, no comparte ni entiende
la limitación que se incluye al agregar el numeral 2.3, en el que se establecen
requisitos nuevos para quienes concursen por Trastornos de Conducta y
Trastornos del Espectro Autista.
El
acuerdo en Comisión para todas las subáreas (y así se mantiene para todas las
demás) fue que quienes tienen formación específica para la subárea pueden
concursar, independientemente del área en que se desempeñan (Común, Especial,
Inicial o Práctica), sin exigencia de calificación mínima, y además se permite
concursar a quienes, sin tener la formación específica para la subárea, tengan
antecedentes calificados en la misma mínimo de 81.
La
modificación introducida por el numeral 2.3 limita tanto a unos como a otros: a
quienes tienen la formación específica se les exige además tener un mínimo de
81 de calificación docente y a quienes no tienen formación específica pero sí
tienen antecedentes calificados en la subárea mínimo de 81, se los excluye.
Se
considera que debe reverse esta modificación, eliminando el numeral 2.3 y
habilitar a concursar a quienes tienen formación específica para la subárea,
independientemente del área en que se desempeñen y sin exigencia de
calificación mínima (tal cual está establecido en el numeral 2.1) y a quienes,
sin formación específica, tienen antecedentes en la subárea mínimo de 81 (tal
cual está establecido en el numeral 2.2).
La
Mesa Permanente de ATD elevó Memorando al Consejo con este planteo.
Por
Mesa Permanente de ATD
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