Memorando: Nº 128.13
De: Mesa Permanente de ATD.
Para: CEIP
Asunto: Curso de
Directores
Fecha: 24 de
octubre de 2013
La
Mesa Permanente de ATD, luego de analizar la propuesta de “Reglamento para el
curso de formación de Dirección de centros educativos”, acuerda con la casi
totalidad de lo planteado, fundamentalmente con los contenidos de los Módulos
teóricos y de la Práctica así como con la Evaluación.
Sin embargo, en cuanto
a los Destinatarios, a los Requisitos y a los Formadores, se realizan
sugerencias de cambios apuntando a la amplitud y a la calidad académica,
principios explicitados en el Capítulo 3.
1.
Se considera necesario que,
en el caso de los docentes de Educación Musical, se les solicite como requisito
título docente. Todos los demás son titulados. El cargo de Dirección de una
Escuela es un cargo de la carrera docente y como tal debe ser desempeñado por
docentes titulados, preservando la condición de que los centros educativos
estén dirigidos por profesionales con formación docente.
·
En el capítulo 1
(Fundamentación), en el segundo apartado, debe agregarse “con título docente”
luego de “Educación Musical”.
·
En el capítulo 6
(Destinatarios y requisitos de la inscripción), en el punto 2, debe agregarse
“con título docente” luego de “docentes efectivos en Educación Musical”.
2.
En cuanto a los Requisitos
(Capítulo 6):
·
En el punto 3 se considera que deben poder ingresar al
curso quienes estén como mínimo en el 3er grado, es decir con una antigüedad
mínima de 8 años. No se debe restringir la formación solo a quienes estarán
habilitados a concursar el año próximo.
·
También en el punto 3 se
considera que no debe establecerse límite de antigüedad de trabajo porque eso
implica cercenar la carrera docente. Con la posibilidad de solicitar prórroga a
los 35, 36 y 37 años de trabajo (trabajando hasta los 38 años), establecer que
no se puede ingresar con más de 32 años de trabajo es limitar el acceso a
docentes que tienen aún varios años para trabajar en el sistema.
·
En el punto 5 se considera que deben poder ingresar al
curso todos los docentes que se encuentran en los niveles de Muy bueno y
Excelente, por lo cual el promedio de Aptitud Docente en el último trienio debe
ser mínimo de 81.
·
En el punto 6 debe
solicitarse promedio mínimo de 17.50 en Actividad Computada.
·
En todos los casos debe
manejarse la fecha 1º de marzo de 2014.
3.
En cuanto a los formadores
(Capítulo 10.2):
·
Módulo 1 - no se entiende a
qué se refiere el término “especialista” en Pedagogía, Sociología de la
Educación y Filosofía de la Educación. Se considera que al menos uno de los
integrantes del equipo debe ser Director o Inspector en ejercicio en el CEIP o
con no más de 5 años de jubilado.
·
Módulo 2 – no se entiende a
qué se refiere el término “especialista” en Didáctica. Se propone que los
integrantes de los equipos sean Directores o Inspectores en ejercicio o con no
más de 5 años de jubilados.
4.
En cuanto a la carga
horaria (Capítulo 10.1) no coincide lo escrito con lo establecido más adelante:
dice “96 horas teóricas presenciales (16 por módulo)”, siendo 4 módulos, si
fueran 16 horas por módulo, serían 64 horas. Pero en el Capítulo 10.2 se
establece que cada módulo tendrá 4 jornadas presenciales con una carga horaria
de 8 horas cada una, totalizando 32 horas por módulo, Siendo 4 módulos son 128
horas teóricas presenciales. Sumando las 44 horas teóricas virtuales y las 100
horas de la práctica docente, el curso totaliza 272 horas en lugar de las 240
horas planteadas.
5.
La ATD siempre ha planteado
que no deben establecerse cupos para los cursos, que éstos deben ser abiertos a
todos los maestros que deseen realizarlos y regionalizados o a nivel
departamental. Por eso se plantea que se determine la cantidad de cupos y
grupos luego de realizadas las inscripciones.
6.
Se nombra como delegado de
ATD para integrar el grupo de consulta al Maestro Director Jorge Bertolino.
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